Articulo 6° Los empleados cuyas asignaciones básicas fueren superiores a veinte mil pesos mensuales, tendrán derecho a noventa dólares estadinenses diarios de viáticos cuando cumplan comisiones en el exterior, sin perjuicio de las cuantías fijadas para los cargos de que trata el artículo 53 del Decreto-ley 720 de 1978.
Decreto 900 de 1978 →Vigente
Artículo 6
Los Empleados Cuyas Asignaciones Básicas Fueren Superiores A Veinte Mil Pesos Mensuales, Tendrán Derecho A Noventa Dólares Estadinenses Diarios De Viáticos Cuando Cumplan Comisiones En El Exterior, Sin Perjuicio De Las Cuantías Fijadas Para Los Cargos De Que Trata El Artículo 53 Del Decreto-Ley 720 De 1978
Decreto 900 de 1978 · Por el cual se establecen unas equivalencias de empleos para el reconocimiento y pago de prestaciones sociales en la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.