Micelio

Artículo 14

Son Funciones De Los Comités Locales De Desarrollo Rural: A) Coordinar Las Actividades De Las Entidades Participantes En Los Proyectos De Integración De Servicios, B) Vigilar Y Evaluar La Ejecución De Actividades Previstas Para El Área, C) Celebrar Con Los Grupos Operativos De Trabajo, Que Se Establezcan A Nivel Departamental, En Los Estudios Y Programación De Las Actividades Previstas Para El Área, D) Celebrar Los Grupos Operativos De Trabajo, Que Se Establezcan A Nivel Departamental, En Los Estudios De Programación De Las Actividades Para El Municipio, E) Las Demás Que Se Le Asigne La Junta Directiva Del Fondo De Bienestar Veradal

Decreto 2236 de 1973 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico del Fondo de Bienestar Veredal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de los comités locales de desarrollo rural

a)

Coordinar las actividades de las entidades participantes en los proyectos de integración de servicios,

b)

Vigilar y evaluar la ejecución de actividades previstas para el área,

c)

Celebrar con los grupos operativos de trabajo, que se establezcan a nivel departamental, en los estudios y programación de las actividades previstas para el área,

d)

Celebrar los grupos operativos de trabajo, que se establezcan a nivel departamental, en los estudios de programación de las actividades para el municipio,

e)

Las demás que se le asigne la junta directiva del fondo de bienestar veradal. CAPITULO III Participación del Sena en los programas del fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2236 de 1973