°. El Ministerio de Minas y Energía reglamentará dentro de los 30 días siguientes los procedimientos de declaración y actualización de información, en concordancia con los lineamientos señalados en el Decreto 2730 de 2010 y teniendo en cuenta los criterios indicados en el Decreto 2687 de 2008.
Decreto 2807 de 2010 →Vigente
Artículo 3
El Ministerio De Minas Y Energía Reglamentará Dentro De Los 30 Días Siguientes Los Procedimientos De Declaración Y Actualización De Información, En Concordancia Con Los Lineamientos Señalados En El Decreto 2730 De 2010 Y Teniendo En Cuenta Los Criterios Indicados En El Decreto 2687 De 2008
Decreto 2807 de 2010 · por el cual se modifica el Decreto 2730 del 29 de julio de 2010 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.