Micelio

Artículo 2.5.3.4.3.7.1

Otorgamiento De Las Becas

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Otorgamiento de las becas. Con base en la lista de elegibles que entregue el CEB, el Icetex otorgará las becas a sus beneficiarios y será la entidad encargada de hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y compromisos que ellos adquieran en virtud de lo anterior.

Parágrafo 1

Para efectos del otorgamiento de las becas para realizar estudios en el exterior, el beneficiario deberá suscribir un compromiso con el Icetex, en el que se compromete a que terminados los estudios de posgrado, regresará al país para cumplir con labores de docencia o investigación, sin dedicación exclusiva, en la institución de la que egresó del pregrado, en cualquiera de las modalidades de vinculación que tenga dicha institución, por el mismo término de duración del posgrado.

Para cumplir con lo anterior, mientras cursa su programa de posgrado, el beneficiario deberá participar en las convocatorias para docentes e investigadores que realice la institución de educación superior en donde haya adelantado sus estudios de pregrado, de tal forma que a su retorno al país, pueda cumplir con el requisito previsto en el artículo 9° de la Ley 1678 de 2013.

Parágrafo 2

En caso de que el becario no pueda ser vinculado en la institución de educación superior de la cual haya egresado de pregrado, deberá participar de las diferentes convocatorias docentes y de investigación en las instituciones de educación superior del país hasta que sea admitido y pueda cumplir con el compromiso de que trata el artículo 9° de la Ley 1678 de 2013.

Para tal efecto, una vez retorne al país, el beneficiario deberá remitir cada seis (6) meses al Icetex los soportes que demuestren que ha participado en convocatorias de docentes e investigadores que adelanten las instituciones de educación superior en Colombia. La omisión respecto de la remisión de dichos soportes generará la obligación para el estudiante de hacer la devolución de los dineros que hayan sido girados por el Icetex por concepto de la beca de que trata la presente Sección.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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