Micelio

Artículo 1

Adiciónase El Artículo 1° Del Decreto 2666 De 1984 Con Las Definiciones Que A Continuación Se Indican: “operación Aduanera

Decreto 392 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el Régimen de Aduanas y se dictan normas sobre enajenación y destino de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adiciónase el artículo 1° del Decreto 2666 de 1984 con las definiciones que a continuación se indican: “Operación aduanera. Es cualquier actuación de la autoridad aduanera en ejercicio de sus funciones, aunque no llegue a constituir un despacho”. “Potestad aduanera. Es el conjunto de facultades y atribuciones que tiene la autoridad aduanera para el ejercicio de sus funciones”. “ Recinto de depósito o lugar de depósito . Es el almacén, predio o sitio donde se depositan las mercancías que el Fondo Rotatorio de Aduanas mantiene para su custodia, almacenamiento, devolución, destrucción o enajenación”. “ Zona primaria aduanera . Son aquellos lugares del territorio nacional, dentro de la jurisdicción de una Administración de Aduana, donde la autoridad aduanera ejerce sin restricciones la potestad aduanera con relación al control y vigilancia de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento y movilización de mercancías que entran o salen del país y que constituyen una operación aduanera. Para todos los efectos legales la Zona Primaria Aduanera se considera lugar habilitado por la Aduana”. “ Zona secundaria aduanera . Es la parte del territorio aduanero que no constituye zona primaria aduanera, dentro de la jurisdicción de una Administración de Aduana. Para todos los efectos legales la Zona Secundaria Aduanera se considera como lugar no habilitado por la Aduana”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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