Micelio

Artículo 4

También A Partir Del 16 De Julio Del Corriente Año, Suprímense Los Directores Seccionales De Censo Y Los Inspectores De Censo De Los Departamentos, Intendencias Y Comisarías, Excepto Los De Cundinamarca, A Que Se Refiere El Artículo 1° De Este Decreto

Decreto 2161 de 1948 · Por el cual se reorganizan las Secciones de Información y Censo de las Administraciones de Hacienda Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° También a partir del 16 de julio del corriente año, suprímense los Directores Seccionales de Censo y los Inspectores de Censo de los Departamentos, Intendencias y Comisarías, excepto los de Cundinamarca, a que se refiere el artículo 1° de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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