La capacidad se comprobará por la aprobación o superación de los cursos o concursos organizados por la Escuela Penitenciaria a iniciativa de la Dirección General de Prisiones, y además por la calificación de que habla el artículo 10. La antigüedad requerida para el ascenso dentro del cuadro o dependencia administrativa, no podrá ser inferior a un año.
Decreto 1661 de 1965 →Vigente
Artículo 18
La Capacidad Se Comprobará Por La Aprobación O Superación De Los Cursos O Concursos Organizados Por La Escuela Penitenciaria A Iniciativa De La Dirección General De Prisiones, Y Además Por La Calificación De Que Habla El Artículo 10
Decreto 1661 de 1965 · Por el cual se organiza la Carrera Penitenciaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.