Los empleados que practiquen visitas en las Sindicaturas de Lazaretos, Subsindícaturas y Agencias de fuera de Bogotá, al hacer el arqueo de los fondos, deducirán los honorarios que le correspondan al empleado visitado y harán que se remita en su presencia al empleado superior la remesa correspondiente, ya sea por giro telegráfico o por correo, e incluirán con el acta de visita, copia del recibo que expida el Administrador de Correos o el Telegrafista del lugar. La visita se extenderá también al estudio del movimiento de especies y caudales hasta el día en que se firme el acta respectiva, con el objeto de comprobar que existen y se hallan en caja los fondos correspondientes.
El Síndico Central de Lazaretos debe hacer la consignación de caudales diariamente, y el empleado encargo de practicarle visita, tomará nota de si se ha observado o nó la prescripción contenida en esta disposición. El empleado encargado de practicar la visita impondrá una multa igual al valor de la consignación que debía haberse hecho, cuando no se cumpla con lo dispuesto anteriormente.