°. La Nación será beneficiaria de las adquisiciones que se hagan a cualquier titulo. Con tal fin, las respectivas escrituras de compra también serán suscritas por el Ministro de Agricultura y, en los casos de expropiación, la demanda correspondiente se formulará por la entidad delegatoria a nombre de la Nación.
Decreto 2070 de 1975 →Vigente
Artículo 8
La Nación Será Beneficiaria De Las Adquisiciones Que Se Hagan A Cualquier Titulo
Decreto 2070 de 1975 · Por el cual se provee a la conservación y defensa del Lago de Tota
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.