Micelio

Artículo 7

El Gerente De La Empresa De Astilleros Y Servicios Navales De Colombia Será Nombrado Por El Gobierno Nacional

Decreto 2380 de 1968 · Por el cual se crea la Empresa de Astilleros y Servicios Navales de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Gerente de la Empresa de Astilleros y Servicios Navales de Colombia será nombrado por el Gobierno Nacional. El Gerente tendrá la representación legal de la empresa, con las funciones y atribuciones enumeradas en el artículo 27 del Decreto extraordinario 1050 de 1968 y las que le fijen los Estatutos de la Entidad y la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2380 de 1968