Micelio

Artículo 3

La Comisión Técnica De Seguridad Social Deberá Entregar Antes Del 30 De Junio De 1971, Un Informe Debidamente Documentado Al Señor Presidente De La República, Sobre Los Resultados Del Estudio Que Se Le Encomienda Por El Presente Decreto

Decreto 545 de 1971 · Por el cual se constituye una Comisión Técnica para estudiar el régimen de Seguridad Social del empleado público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Comisión Técnica de Seguridad Social deberá entregar antes del 30 de junio de 1971, un informe debidamente documentado al señor Presidente de la República, sobre los resultados del estudio que se le encomienda por el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 545 de 1971