Micelio

Artículo 2

º Otros Partidos O Movimientos Políticos, Reconocidos Como Tales Por La Corte Electoral Y Que No Hagan Parte Del Comité Nacional De Garantías, Podrán Participar En Sus Reuniones Para Tramitar Asuntos Relacionados Con Sus Garantías Políticas

Decreto 2036 de 1987 · por el cual se integra un Comité de Garantías Electorales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Otros partidos o movimientos políticos, reconocidos como tales por la Corte Electoral y que no hagan parte del Comité Nacional de Garantías, podrán participar en sus reuniones para tramitar asuntos relacionados con sus garantías políticas. Para tal efecto solicitarán al Comité que se les invite a través de un representante, a asistir en la sesión o sesiones en las cuales se consideren los asuntos correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2036 de 1987