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Artículo 2.2.4.7.3

Características Del Sistema De Garantía De Calidad Del Sistema General De Riesgos Laborales

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características del sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales. Las acciones que desarrolle el sistema se orientarán a la mejora de los resultados de la atención en seguridad y salud en el trabajo, centrados en el mejoramiento de las condiciones de trabajo y salud, que van más allá de la verificación de la existencia de estructura o de la documentación de procesos, los cuales sólo constituyen prerrequisito para alcanzar los mencionados resultados.

Para efectos de evaluar y mejorar la calidad de la atención en seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales, el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales deberá cumplir con las siguientes características:

1.

Accesibilidad. Es la posibilidad que tienen trabajadores y empleadores de utilizar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales que les garantiza el sistema general de riesgos laborales.

2.

Oportunidad. Es la posibilidad que tienen trabajadores y empleadores de obtener los servicios que requieren, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo la vida, la integridad física o la salud. Esta característica se relaciona con la organización de la oferta de servicios de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales en relación con la de­manda y con el nivel de coordinación institucional para gestionar el acceso a los servicios.

3.

Seguridad. Es el conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos y me­todologías, basadas en evidencia científicamente probada, que propenden por minimizar el riesgo de sufrir un evento adverso en los procesos de promoción de la seguridad y salud en el trabajo y prevención de los riesgos laborales, o de mitigar sus consecuencias.

4.

Pertinencia. Es el grado en el cual se realizan los servicios de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales que requieren los trabajadores y empleadores, de acuerdo con la naturaleza y el grado de peligrosidad de sus riesgos ocupacionales propendiendo porque los efectos secundarios de las intervenciones sean menores que los beneficios potenciales.

5.

Continuidad. Es el grado en el cual los trabajadores y empleadores realizan y reci­ben los servicios de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales requeridos, median­te una secuencia lógica y racional de actividades, basada en el conocimiento científico, sin dilaciones que afecten la efectividad de tales servicios en ninguna de sus fases.

(Decreto número 2923 de 2011, artículo 3°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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