° El cambio de los expresados billetes que no alcance á verificarse en el curso de Septiembre venidero, podrá hacerse en el resto del presente año; pero exclusivamente en la Oficina de Caja de la Junta de Conversión en Bogotá. Las Comisiones de Cambio establecidas fuéra de esta ciudad podrán cambiar en el curso de Octubre de este año loa expresados billetes, en cuanto se trate de los que se hallen como existencia en las cajas de las oficinas públicas al terminar el mes de Septiembre y por esta .causa no hayan alcanzado á cambiarse en Septiembre.
Decreto 802 de 1911 →Vigente
Artículo 3
El Cambio De Los Expresados Billetes Que No Alcance Á Verificarse En El Curso De Septiembre Venidero, Podrá Hacerse En El Resto Del Presente Año; Pero Exclusivamente En La Oficina De Caja De La Junta De Conversión En Bogotá
Decreto 802 de 1911 · por el cual se amplía el plazo señalado por el Decreto número 515 de 2 de Junio último.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.