Micelio

Artículo 6

Los Contratos De Concesión Del Servicio De Radiodifusión Sonora A Los Cuales Se Refiere El Presente Decreto, Deberán Contener Además De Aquellas Cláusulas Propias De Su Naturaleza, Las Contempladas En Los Artículos 60 Y 208 Del Decreto 222 De 1983

Decreto 2036 de 1984 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de radiofusión sonora

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los contratos de concesión del servicio de radiodifusión sonora a los cuales se refiere el presente Decreto, deberán contener además de aquellas cláusulas propias de su naturaleza, las contempladas en los artículos 60 y 208 del Decreto 222 de 1983.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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