Micelio

Artículo 14

Decreto 2500 de 1987 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 64 de 1978.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las funciones contempladas en el artículo 20 de la Ley 64 de 1978, el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura tendrá las siguientes: 1) Dictar su propio reglamento, dentro de los parámetros de la Ley 64 de 1978; 2) otorgar el documento a que hace referencia el artículo 2º de este Decreto, y 3) Confirmar el reglamento interno de los Consejos Seccionales. III. DE LOS CONSEJOS PROFESIONALES SECCIONALES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2500 de 1987