Micelio

Artículo 36

Decreto 2500 de 1987 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 64 de 1978.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vencido el término probatorio previsto, el Presidente del Consejo Profesional Seccional de Ingeniería y Arquitectura, elaborará un proyecto de decisión, el cual se someterá a la consideración de todos los miembros del Consejo, quienes podrán aceptarlo, modificarlo rechazarlo en sesión ordinaria, que se citará para tratar con exclusividad el asunto. Si la mayoría de los miembros del Consejo aprueban el proyecto de ponencia, se firmará, adicionando los salvamentos que se presenten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2500 de 1987