Micelio

Artículo 5

° En Atención A Que La Instrucción Pública De Los Territorios A Que Se Refiere El Inciso C), Está Al Cuidado De Comunidades Religiosas Superiores De Éstas, Que Ejercen El Cargo De Inspectores, Podrán, Si No Les Fuere Posible Concurrir Al Congreso, Hacerse Representar En Éste Por Otros Miembros De La Misma Comunidad

Decreto 1030 de 1917 · en desarrollo de la Ley 62 de 1916, que ordena la celebración del primer Congreso Pedagógico Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En atención a que la Instrucción Pública de los Territorios a que se refiere el inciso c), está al cuidado de comunidades religiosas Superiores de éstas, que ejercen el cargo de Inspectores, podrán, si no les fuere posible concurrir al Congreso, hacerse representar en éste por otros miembros de la misma comunidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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