Micelio

Artículo 20

Decreto 1348 de 1992 · por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de transporte internacional de mercancías por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para obtener el Permiso Especial de Origen para transporte propio la empresa colombiana a través de su representante legal, deberá presentar ante la Dirección General del Intra una solicitud motivada adjuntando los documentos e informaciones siguientes

a)

Certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio;

b)

Manifestación escrita del motivo que la obliga a utilizar su propio medio de transporte, determinando la necesidad de desplazarse a los demás países del grupo andino;

c)

Original o copia autenticada de la póliza andina o de seguro de responsabilidad civil que cubra el pago de las obligaciones derivadas de daños a terceros y a la tripulación empleada por el empresario;

d)

Relación de los tráficos que desea operar, indicando los países de origen y destino del transporte, así como aquellos países por donde el transporte se realizará en tránsito;

e)

Relación e identificación de los vehículos propios con que pretende operar, adjuntando fotocopia autenticada y legible de las licencias de tránsito;

f)

Contratos comerciales que demuestren el compromiso de abastecimiento de mercancías producidas por la empresa con destino a otra ubicada en distinto país miembro, o de suministro de materias primas originarias del país miembro en el que se pretende operar con los vehículos propios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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