° Los documentos enunciados en los dos artículos anteriores serán cuidadosamente legajados y clasificados en las oficinas, según la naturaleza de ellos, y se conservarán en armarios cerrados, estantes o archivadores especiales, con todas las precauciones necesarias para prevenir la posible destrucción o deterioro de los papeles, o su extravío del recinto de la oficina.
Decreto 68 de 1927 →Vigente
Artículo 4
Los Documentos Enunciados En Los Dos Artículos Anteriores Serán Cuidadosamente Legajados Y Clasificados En Las Oficinas, Según La Naturaleza De Ellos, Y Se Conservarán En Armarios Cerrados, Estantes O Archivadores Especiales, Con Todas Las Precauciones Necesarias Para Prevenir La Posible Destrucción O Deterioro De Los Papeles, O Su Extravío Del Recinto De La Oficina
Decreto 68 de 1927 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con los archivos del servicio postal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.