Considerase como un desarrollo del control de tutela la calificación de que una determinada contratación esta dirigida al cumplimiento de los objetivos del presente Decreto. Por consiguiente, le corresponderá al Ministro de Comunicaciones, en cada caso y mediante resolución motivada, autorizar a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom- la tramitación del respectivo contrato en los términos establecidos en las normas de carácter excepcional contenidas en el presente Decreto.
Decreto 555 de 1987 →Inexequible
Artículo 20
Decreto 555 de 1987 · por el cual se dictan normas tendientes al restablecimiento del orden público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.