Micelio

Artículo 32

La Medalla "servicios Distinguidos En Orden Público" Se Conferirá A Los Miembros De Las Fuerzas Militares Que, Prestando Sus Servicios En Orden Público Y En Funciones Del Mismo, Sobresalgan Por Una Acción Distinguida De Valor, Fuera De1 Común Cumplimiento Del Deber

Decreto 414 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Medalla "Servicios Distinguidos en Orden Público" se conferirá a los Miembros de las Fuerzas Militares que, prestando sus servicios en orden público y en funciones del mismo, sobresalgan por una acción distinguida de valor, fuera de1 común cumplimiento del deber.

Parágrafo 1

Esta Medalla también podrá ser conferida a un mismo individuo tantas veces cuantas se haga acreedor a ella en acciones diferentes.

Parágrafo 2

Esta Medalla también podrá conferirse a las Unidades cuando el Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la jurisdicción que se les ha encomendado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 414 de 1974