Micelio

Artículo 32

Reglamento Interno De Las Conferencias Y De Otras Reuniones 177 1

Decreto 2060 de 1999 · por el cual se promulga la "Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones" y el "Protocolo Facultativo sobre la Solución Obligatoria de Controversias Relacionadas con la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y los Reglamentos Administrativos", adoptados en Ginebra el 22 de diciembre de mil novecientos noventa y dos (1992)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reglamento interno de las conferencias y de otras reuniones 177

1.

Para la organización de sus trabajos y en sus debates, las conferencias y reuniones de la Unión aplicarán el Reglamento interno contenido en el Convenio. 178

2.

Las conferencias y el Consejo podrán adoptar las reglas que juzguen indispensables para completar las del Reglamento Interno. Sin embargo, dichas reglas deben ser compatibles con las disposiciones de la presente Constitución y del Convenio; las adoptadas por las conferencias se publicarán como documentos de las mismas. CAPITULO VI. Disposiciones generales relativas a las telecomunicaciones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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