Micelio

Artículo 1

Créase, Dependiente Del Ministerio De Industrias Y Trabajo, Una Comisión Encargada De Hacer Los Estudios De Las Zonas Que Para Colonización Señala El Parágrafo Del Artículo 2° De La Ley 29 Del Año En Curso, Con Excepción Del Sector De La Cerbatana, Compuesta De Un Ingeniero Dependiente Del Citado Ministerio, Que Será Su Jefe; De Un Agrónomo Dependiente Del Ministerio De Agricultura Y Comercio, Y De Un Oficial Del Ejército Que Destinara Para Tal Efecto El Ministerio De Guerra

Decreto 526 de 1936 · Por el cual se crea una comisión encargada de hacer el estudio de las zonas destinadas para la colonización por la primera parte del parágrafo del artículo 2° de la Ley 29 del año en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase, dependiente del Ministerio de Industrias y Trabajo, una comisión encargada de hacer los estudios de las zonas que para colonización señala el

Parágrafo

del artículo 2° de la Ley 29 del año en curso, con excepción del sector de La Cerbatana, compuesta de un Ingeniero dependiente del citado Ministerio, que será su Jefe; de un Agrónomo dependiente del Ministerio de Agricultura y Comercio, y de un Oficial del Ejército que destinara para tal efecto el Ministerio de Guerra. Tanto el Agrónomo como el Oficial del Ejército serán nombrados en comisión por los correspondientes Ministerios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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