A partir del 1° de febrero del corriente año, fijase en $ 400 mensuales el sueldo del Ponente-Secretario de la Sección Primera de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.
Decreto 319 de 1948 →Vigente
Artículo 15
A Partir Del 1° De Febrero Del Corriente Año, Fijase En $ 400 Mensuales El Sueldo Del Ponente-Secretario De La Sección Primera De La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales
Decreto 319 de 1948 · por el cual se organizan las oficinas encargadas de levantar el Censo Nacional de Contribuyentes, obtener informaciones para la liquidación del impuesto sobre la renta y se suprimen unos cargos y se crean otros en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.