Micelio

Artículo 2

Decreto 955 de 1969 · por el cual se reglamenta el ordinal a) del artículo 1° del Decreto legislativo 746 de 1967.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para gozar del beneficio anterior, los interesados lo solicitarán al Administrador de Impuestos Nacionales de San Andrés adjuntando el documento de salida, en el cual debe constar el tiempo de permanencia fuera del país. Dicho funcionario reconocerá la exención imprimiendo el sello correspondiente y su firma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 955 de 1969