Micelio

Artículo 9

Conformación

Decreto 277 de 2026 · por el cual se reglamenta el Fondo “No Es Hora De Callar” para la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia de género.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Conformación . El Comité Decisorio del Fondo “No Es Hora De Callar” estará integrado por los siguientes

1.

La(el) Ministra(o) de Igualdad y Equidad o su delegado(a), o quien haga sus veces, quien lo presidirá.

2.

La(el) Viceministra(o) de las Mujeres o su delegada, o quien haga sus veces.

3.

La beneficiaria de la sentencia o a quien ella designe de su campaña “No Es Hora De Callar”.

4.

Un(a) representante de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP).

Parágrafo

A las sesiones podrán ser invitados, con voz, pero sin voto, organizaciones de la sociedad civil de mujeres que comunican, y un(a) representante del Centro Investigativo y de Memoria No Es Hora De Callar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 277 de 2026