° En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, en cada Municipio debe existir una Cárcel costeada y servida con fondos municipales. En toda cabecera de Circuito Judicial debe existir una Cárcel, en local suministrado por el respectivo Departamento, cuyos gastos de material, dirección y vigilancia son por, cuenta de la Nación. En toda cabecera de Distrito Judicial debe existir una Cárcel, que servirá como Cárcel de Circuito, en local suministrado por el respectivo Departamento, cuyos gastos de material, dirección y vigilancia son por cuenta de la Nación. En los respectivos edificios debe existir una completa separación entre hombres y mujeres, menores y adultos, sumariados y enjuiciados.
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 1
En Cumplimiento De Las Disposiciones Legales Vigentes, En Cada Municipio Debe Existir Una Cárcel Costeada Y Servida Con Fondos Municipales
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.