Micelio

Artículo 10

A Partir De La Vigencia De Este Decreto, La Partida De Subsidio Familiar Incluida O Que Se Incluya Para La Liquidación De Asignaciones De Retiro O Pensiones Del Personal De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional Y Agentes, Desaparece O Disminuye En Las Condiciones Previstas En El Artículo Anterior, Y Aumenta De Conformidad Con Lo Establecido En Los Decretos 2337, 2338 Y 2340 De 1971

Decreto 1305 de 1975 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre prestaciones sociales del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Agentes, Soldados, Grumetes y Personal Civil del Ministerio de Defensa y Servidores de las entidades adscritas o vinculadas a éste

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia de este decreto, la partida de subsidio familiar incluida o que se incluya para la liquidación de asignaciones de retiro o pensiones del personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y agentes, desaparece o disminuye en las condiciones previstas en el artículo anterior, y aumenta de conformidad con lo establecido en los Decretos 2337, 2338 y 2340 de 1971.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1305 de 1975