Micelio

Artículo 5

º Sólo Los Residentes Del Departamento Archipiélago De San Andrés, Providencia Y Santa Catalina Podrán Ejercer, Dentro Del Territorio Del Departamento, Los Siguientes Derechos: 1

Decreto 2762 de 1991 · por medio del cual se adoptan medidas para controlar la densidad poblacional en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Sólo los residentes del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina podrán ejercer, dentro del territorio del Departamento, los siguientes derechos

1.

Trabajar en forma permanente.

2.

Estudiar en un establecimiento educativo del Archipiélago.

3.

Inscribirse en el Registro Mercantil y ejercer actividades de comercio de manera permanente.

4.

Ejercer el derecho al sufragio para las elecciones departamentales y municipales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2762 de 1991