Micelio

Artículo 32

La Adjudicación Se Hará Siempre Mediante Audiencia Pública

Decreto 1557 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La adjudicación se hará siempre mediante audiencia pública. El procedimiento se sujeta a las condiciones de la Ley 80 de 1993, o las normas que lo modifiquen o adicionen. SECCION II Contrato de concesión

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1557 de 1998