Cuando conforme al artículo 20 del Decreto 2073 dé 1973, el Instituto adquiera el interés social de un socio, pagará a este o a sus causashabientes el valor liquidado, con base en el último balance, elaborado de acuerdo a principios de contabilidad, de aceptación general, excluyendo del patrimonio social las reservas estatutarias o de acuerdo a las disposiciones reglamentarias establecidas sobre el particular.
Artículo 31
Cuando Conforme Al Artículo 20 Del Decreto 2073 Dé 1973, El Instituto Adquiera El Interés Social De Un Socio, Pagará A Este O A Sus Causashabientes El Valor Liquidado, Con Base En El Último Balance, Elaborado De Acuerdo A Principios De Contabilidad, De Aceptación General, Excluyendo Del Patrimonio Social Las Reservas Estatutarias O De Acuerdo A Las Disposiciones Reglamentarias Establecidas Sobre El Particular
Decreto 2746 de 1975 · Por la cual se aprueba el Acuerdo número 11 de 17 de septiembre de 1975 emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, por el cual se fija el reglamento general para la adjudicación de predios rurales adquiridos por compra, expropiación o cesión
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.