Si aún después de cumplido el trámite de que trata el artículo precedente, resultaren recursos disponibles, por no haber suficientes postulaciones aceptables para la adjudicación de subsidios a afiliados de otras Cajas de Compensación Familiar, el saldo se aplicará a las postulaciones aceptables de hogares en los cuales ningún miembro se encuentre afiliado a Cajas de Compensación Familiar, según el orden secuencial de postulaciones calificadas por el Instituto de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, INURBE. El trámite subsiguiente será el mismo expresado en el artículo anterior.
Decreto 959 de 1991 →Vigente
Artículo 14
Decreto 959 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 49 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
derogado por decreto 1089/93 modificado (verif_articulado: el artículo 14 del decreto 959 de 1991, quedará así) por decreto 2918/91 modificado por decreto 2918/91 modificado por decreto 2918/91
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.