Micelio

Artículo 3

El Jefe De Rentas E Impuestos Nacionales Y Los Empleados Debidamente Autorizados Por Él, Velarán Por El Correcto Uso De Las Máquinas Y Harán Inspecciones Periódicas Con El Fin De Hacer Renovar Los Depósitos A Cuenta Del Impuesto, Cada Vez Que Sea Necesario

Decreto 1796 de 1936 · Por el cual se reglamenta el artículo 35 de la Ley 78 de 1935

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Jefe de Rentas e Impuestos Nacionales y los empleados debidamente autorizados por él, velarán por el correcto uso de las máquinas y harán inspecciones periódicas con el fin de hacer renovar los depósitos a cuenta del impuesto, cada vez que sea necesario. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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