El patrimonio del Instituto se incrementara así
Con los aportes que el Gobierno Nacional haga el Instituto;
Con los ingresos que obtengan en la explotación de los servicios a su cargo;
Con las sumas que se le asignen de los fondos provenientes de los derechos de funcionamiento que deban pagar las estaciones de radiodifusión y los titulares de los permisos de funcionamiento de servicios privados de comunicaciones;
Con los ingresos que obtenga por el arrendamiento de espacios en los canales de televisión;
Con el producto de las multas que el Ministerio de comunicaciones impongan a los concesionarios de canales radioeléctricos por infracciones a las leyes vigentes;
Con las donaciones y auxilios que le hagan personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; g) con el producto del arrendamiento de los muebles o inmuebles de su propiedad, y con las ganancias que obtenga en la venta de los mismos; h) Con los bienes, derechos o acciones que el Instituto adquiera a cualquier título, e i) Con los ingresos que por cualquier otro concepto obtenga en el desarrollo de sus actividades;