Micelio

Artículo 1

Sustitúyase El Artículo 1º Del Decreto 2500 Del 2 De Septiembre De 1985 Por El Siguiente: "la Importación De Los Siguientes Productos, Originarios Y Provenientes De El Salvador, Pagarán Los Gravámenes Arancelarios Que Resultaren De Multiplicar El Gravamen Aplicable En Cada Caso A Terceros Países Por El Índice Que Aparece Al Frente De Cada Producto

Decreto 732 de 1990 · Por el cual se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI [Productos provenientes de El Salvador

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Sustitúyase el artículo 1º del Decreto 2500 del 2 de septiembre de 1985 por el siguiente: "La importación de los siguientes productos, originarios y provenientes de El Salvador, pagarán los gravámenes arancelarios que resultaren de multiplicar el gravamen aplicable en cada caso a terceros países por el índice que aparece al frente de cada producto. NALADI DESCRIPCION INDICE 01.05.1.01. Pollos vivos de un día 0.90 02.03.1.01. Hígados de ganso 0.50 03.01.2.02. Pescado congelado 0.90 04.05.1.01. Huevos fértiles para incubar 0.59 07.05.1.39 fríjoles 0.90 08.01.0.09 Nueces o castañas de marañones 0.58 09.04.0.01 Pimienta (del género piper), a granel 0.50 09.04.0.02 Pimientos (paprika). a granel 0.50 09.06.0.01 Canela, a granel 0.50 09.07.0.01 Clavo de especia, a granel 0.50 09.09.0.01 Anís común (anís verde), a granel 0.50 09.09.0.02 Badiana (anís estrellado), a granel 0.50 09.09.0.03 Comino, a granel 0.50 09,10.0.01 Tomillo, a granel 0.50 09.10.0.02 Laurel, a granel 0.50 09.10.0.03 Azafrán, a granel 0.50 09.10.0.04 Jengibre, a granel 0.50 09.10.0.099 Curcuma, a granel 0.50 09.10.0.99 Otras especias a granel 0.50 10.05.0.01 Maíz para el consumo 0.90 10.05.0.02 Maíz en grano 0.90 10.05.0.99 Maíz certificado para siembra 0.90 12.01.9.91 Semilla de ajonjolí para la siembra 0.90 13.02.4.02 Bálsamo del Perú 0.60 13.02.4.99 Bálsamo de Tolú 0.60 13.02.4.99 Los demás bálsamos naturales 0.60 15.02.2.01 Sebos desnaturalizados de bobinos 0.90 15.02.2.02 Sebos desnaturalizados de caprinos 0.90 15.02.2.03 Sebos desnaturalizados de ovinos 0.90 15.02.3.01 Sebos desnaturalizados extraídos por medio de disolventes 0.90 15.07.1.04 Aceite de aceituna crudo 0.33 15.07.1.11 Aceite de coco crudo, desnaturalizado 0.57 21.07.0.02 Preparados compuestos no alcohólicos llamados extractos concentrados para la elaboración de bebidas 0.90 22.09.2.03 Espíritu de caña, ron 0.62 23.07.0.02 Mezclas concentradas de antibióticos para el alimento de animales 0.90 24.01.1.02 Tabaco rubio sin desnervar 0.0 29.23.9.99 Sal tetrasódica etilen diamino tetracético 0.90 29.38.2.16 Vitamina B12 (a granel) 0.0 29.44.0.99 Espectinomicina y sinónimos (antibiótico) 0.0 29.44.0.99 Lincomicina y sinónimos (antibiótico) 0.0 29.44.0.99 Tilosina tartrato o tylan o sinónimos (antibiótico) 0.0 32.03.2.01 Ridente purgante (componentes: enzima pancreática, serrín, sales desencalantes y sulfatos) 0.80 33.01.1.06 Aceite esencial de citronela 0.34 33.01.1 10 Aceite esencial de limón 0.0 48.07.9.01 Cartón revestido por ambas caras con polietileno 0.50 49.01.1.01 Libros técnicos, científicos y de enseñanza 0.0 59.05.1.02 Redes para pesca industrial de fibra sintética 0.90 59.05.1.99 Las demás redes para pesca industrial, excepto de algodón 0.90 82.02.1.99 Sierras para caladoras de un solo hueco 0.65 84.55.9.99 Tableros de circuitos para computadores 0.0 85.04.2.01 Acumuladores eléctricos de plomo de menos de 500 amperios 0.86 85.04.2.01 Los demás acumuladores eléctricos de plomo, para motos 0.88 35.19.1.01 Relés para tensiones nominales hasta de 260 voltios y para corrientes nominales hasta de 30 amperios 0.50 85.19.1.02 Relés de arranque 0.50 85.19.1.99 Los demás reles 0.50 85.19.5.01 Circuitos impresos 0.75 90.01.0.01 Lentes graduados 0.50

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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