Micelio

Artículo 39

Para Ser Profesor De Prácticas O De Tiempo Completo De La Escuela Normal Superior Se Requiere Estar, Inscrito En La Primera Categoría Del Escalafón

Decreto 1487 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 43 de 1945, sobre Escalafón de Profesores de Enseñanza Secundaria

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ser profesor de prácticas o de tiempo completo de la Escuela Normal Superior se requiere estar, inscrito en la primera categoría del Escalafón. Para ser Director de Prácticas se necesita, además, ser profesor graduado y especializado. Para ser profesor Director de Prácticas es necesario haber sido Director de Prácticas durante dos (2) años por lo menos. Para ser Director de Especialización es menester haber desempeñado el cargo de Profesor-Director de Prácticas, durante el mismo lapso de tiempo, o profesor de la Escuela Normal Superior durante seis (6) años. Para ser Jefe de Departamento se requerirá haber sido Director de Especialización durante cuatro (4) años por lo menos, o profesor de Escuela Normal Superior durante ocho (8) años.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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