Micelio

Artículo 1

Créase La Corporación Nacional De Turismo De Colombia Como Empresa Industrial Y Comercial Del Estado, Esto Es, Con Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Capital Independiente, Para El Cumplimiento De Las Funciones Que Adelante Se Determinan

Decreto 2700 de 1968 · por el cual se crea la Corporación Nacional de Turismo de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase la Corporación Nacional de Turismo de Colombia como empresa industrial y comercial del Estado, esto es, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, para el cumplimiento de las funciones que adelante se determinan. La Corporación Nacional de Turismo de Colombia funcionará conforme a las reglas de derecho privado, estará vinculada al Ministerio de Fomento y su domicilio será la ciudad de Bogotá, pero podrá establecer dependencias en otros lugares, dentro o fuera del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2700 de 1968