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Artículo 2.2.6.11.3.3

Mecanismos De Reconocimiento De Aprendizajes Previos (Rap) Objeto De Habilitación

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mecanismos de Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP) objeto de habilitación. Los mecanismos de Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP) en los cuales deberá ser habilitada una entidad para su implementación son la evaluación y certificación de competencias, así como la comprobación de cualificaciones, relacionados en el artículo 2.2.6.11.2.7. del presente Decreto.

Parágrafo 1

Para los mecanismos 3 y 5 del artículo 2.2.6.11.2.7 del presente Decreto, el Ministerio del Trabajo contará con un aplicativo en el cual registrará la implementación de estos, en consonancia con las disposiciones que establezca dicha entidad para este propósito.

Parágrafo 2

Para la implementación y aplicación de los mecanismos 4 y 6 señalados en el artículo 2.2.6.11.2.7 del presente Decreto, las entidades oferentes deberán registrarse en el aplicativo que disponga el Ministerio del Trabajo, en consonancia con las disposiciones que establezca dicha entidad para este propósito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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