º. Como requisito indispensable para la entrega de los fondos de que trata el artículo anterior, el Tesorero del Departamento de Caldas deberá garantizar su manejo mediante fianza debidamente aprobada por la Contraloría General de la Republica.
Decreto 410 de 1952 →Vigente
Artículo 2
Como Requisito Indispensable Para La Entrega De Los Fondos De Que Trata El Artículo Anterior, El Tesorero Del Departamento De Caldas Deberá Garantizar Su Manejo Mediante Fianza Debidamente Aprobada Por La Contraloría General De La Republica
Decreto 410 de 1952 · Por el cual se reglamenta la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto de la vigencia de 1951 para el Hospital de Manizales (Ministerio de Higiene)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.