°. Trasládense al Ministerio de Fomento los siguientes empleados del Departamento de navegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas: Sección I Secretaria 2 oficinistas IV Sección II Tráfico Fluvial y Embarcaduría de Carga, 1 Revisor III. 1 Oficinista IV.
Decreto 458 de 1961 →Vigente
Artículo 2
Trasládense Al Ministerio De Fomento Los Siguientes Empleados Del Departamento De Navegación Y Puertos Del Ministerio De Obras Públicas: Sección I Secretaria 2 Oficinistas Iv Sección Ii Tráfico Fluvial Y Embarcaduría De Carga, 1 Revisor Iii
Decreto 458 de 1961 · Por el cual se adscriben unas funciones al Ministerio de Fomento, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.