Micelio

Artículo 1

El Franco Oro Postal Y De Telecomunicaciones Tendrá Un Valor De Ochenta Y Dos Centavos Moneda Corriente,

Decreto 832 de 1951 · Por el cual se fija el valor del franco oro postal y de telecomunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El franco oro postal y de telecomunicaciones tendrá un valor de ochenta y dos centavos moneda corriente,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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