º El Consejo Superior que se crea en el presente decreto, tendrá las siguientes funciones
Analizar, recomendar y coordinar las acciones que en favor de la industria de alimentos desarrollen o puedan desarrollar las entidades estatales o privadas, para garantizar el desarrollo estable del sector;
Establecer y orientar las posibilidades de la industria para mejorar sus niveles de desarrollo tecnológico;
Identificar posibilidades y limitaciones para el desarrollo de la industria de alimentos del país, a fin de diseñar estrategias congruentes con los objetivos y políticas del Gobierno Nacional;
Recomendar acciones tendientes a mejorar los niveles nutricionales de la población colombiana;
Analizar y evaluar las propuestas presentadas por los Comités Sectoriales de la industria de alimentos, de manera que sirvan como soporte técnico al Consejo Superior;
Expedir su propio reglamento.