Con excepción del Gerente, el personal de organismos ejecutores tiene la calidad de trabajador especial y sus relaciones laborales se regirán por el Código Sustantivo de Trabajo, de acuerdo con el artículo 4 de Decreto 694 de 1975. XI. De las inhabilidades e incompatibilidades.
Decreto 1157 de 1976 →Vigente
Artículo 33
Con Excepción Del Gerente, El Personal De Organismos Ejecutores Tiene La Calidad De Trabajador Especial Y Sus Relaciones Laborales Se Regirán Por El Código Sustantivo De Trabajo, De Acuerdo Con El Artículo 4 De Decreto 694 De 1975
Decreto 1157 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2804 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.