Micelio

Artículo 105

La Internación En Sanatorios Mentales Podrá Autorizarse Por Los Padres, El Cónyuge O Los Hijos, Previo Dictamen De La Oficina De Medicina Legal Correspondiente

Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La internación en sanatorios mentales podrá autorizarse por los padres, el cónyuge o los hijos, previo dictamen de la Oficina de Medicina Legal correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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