Micelio

Artículo 1

El Presente Decreto Tiene Por Objeto Reglamentar La Eficiente, Segura Y Oportuna Prestación De Un Servicio Público De Transporte Terrestre Colectivo De Pasajeros En El Ámbito Municipal, Bajo El Cumplimiento De Los Criterios Básicos Y Rectores Del Transporte, Como El De La Libre Competencia Y El De La Iniciativa Privada, A La Cual Solamente Se Aplicarán Las Restricciones Establecidas Por La Ley, Por Los Decretos Reglamentarios Y Por Los Convenios Internacionales

Decreto 1558 de 1998 · por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre colectivo metropolitano, distrital y/o municipal de pasajeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto tiene por objeto reglamentar la eficiente, segura y oportuna prestación de un servicio público de transporte terrestre colectivo de pasajeros en el ámbito municipal, bajo el cumplimiento de los criterios básicos y rectores del transporte, como el de la libre competencia y el de la iniciativa privada, a la cual solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la ley, por los decretos reglamentarios y por los convenios internacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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