Las fuentes principales de ingresos de la Administración Postal Nacional, destinadas a cubrir sus propios gastos y a la ampliación y mejoramiento de los servicios a su cargo, serán, las siguientes: 1° El producto de los recaudos por servicios postales. 2° El producto de los. Servicios de giros postales, telegráficos o internacionales, envíos contra reembolso, transferencias postales, valores declarados, cobranzas y suscripciones a diarios y publicaciones periódicas, ya sean unos y otros nacionales o extranjeros. ' 3° Los recaudos provenientes de la venta de especies postales. 4° Las comisiones por concepto del recaudo de cuentas corrientes de entidades oficiales. 5° El sesenta por ciento (60%) del producto de los servicios internacionales, canje de cuentas de encomiendas internacionales, cupones respuestas y tránsito. 6° La totalidad de los ingresos por concepto de gastos terminales. 7° Las participaciones que correspondan a la Administración Postal en los contratos de prestación del servicio de correos. 8° Las utilidades provenientes del Ahorro Postal. 9° El producto proveniente del cargue de máquinas franqueadoras y el valor por concepto del arrendamiento de apartados. 10. El producto de los empréstitos que obtenga con destino a los servicios postales. 11. Las utilidades y rendimientos de sus propios bienes. 12. Los productos derivados de la operación de los servicios a su cargo y los que por cualquier otro concepto le correspondan o ingresen en ejercicio del Monopolio Postal. 13. El rendimiento por inversiones que efectúe del capital de traba jo provenientes de la prestación de los servicios financieros.
Decreto 195 de 1976 →Vigente
Artículo 40
Las Fuentes Principales De Ingresos De La Administración Postal Nacional, Destinadas A Cubrir Sus Propios Gastos Y A La Ampliación Y Mejoramiento De Los Servicios A Su Cargo, Serán, Las Siguientes: 1° El Producto De Los Recaudos Por Servicios Postales
Decreto 195 de 1976 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Administración Postal Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.