° Se admitirán, libres de derechos y gravámenes de internación y sin aplicar las prohibiciones y restricciones de importación, los combustibles y carburantes contenidos en los depósitos ordinarios de los Vehículos internados temporalmente, quedando entendido que los depósitos Ordinarios son los previstos por el fabricante para el tipo de vehículo de que se trata.
Artículo 3
Se Admitirán, Libres De Derechos Y Gravámenes De Internación Y Sin Aplicar Las Prohibiciones Y Restricciones De Importación, Los Combustibles Y Carburantes Contenidos En Los Depósitos Ordinarios De Los Vehículos Internados Temporalmente, Quedando Entendido Que Los Depósitos Ordinarios Son Los Previstos Por El Fabricante Para El Tipo De Vehículo De Que Se Trata
Decreto 2674 de 1973 · Por la cual se pone en vigencia el r?gimen de internaci?n temporal de veh?culos de uso privado, previsto en la decisi?n n?mero 50 de la comisi?n del acuerdo de cartagena
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.