° Los trabajadores del Banco de la República, vinculados al Departamento de Crédito Agropecuario y en las sucursales en labores propias del Fondo Financiero Agropecuario, a quienes se ofrezca un cargo en el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, de conformidad con lo previsto en este Decreto, podrán optar entre aceptar la nueva vinculación, o percibir la indemnización y demás prestaciones sociales previstas en las normas convencionales vigentes en el Banco de la República para el caso de la terminación unilateral de un contrato de trabajo a término indefinido.
Artículo 3
Los Trabajadores Del Banco De La República, Vinculados Al Departamento De Crédito Agropecuario Y En Las Sucursales En Labores Propias Del Fondo Financiero Agropecuario, A Quienes Se Ofrezca Un Cargo En El Fondo Para El Financiamiento Del Sector Agropecuario, Finagro, De Conformidad Con Lo Previsto En Este Decreto, Podrán Optar Entre Aceptar La Nueva Vinculación, O Percibir La Indemnización Y Demás Prestaciones Sociales Previstas En Las Normas Convencionales Vigentes En El Banco De La República Para El Caso De La Terminación Unilateral De Un Contrato De Trabajo A Término Indefinido
Decreto 1799 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 16 de 1990.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.