Micelio

Artículo 25

La Omisión En El Cumplimiento De Este Deber Acarreará Al Responsable La Pena De Multa De $ 5 Oro, Multa Que Impondrá El Respectivo Agente

Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La omisión en el cumplimiento de este deber acarreará al responsable la pena de multa de $ 5 oro, multa que impondrá el respectivo agente. De igual manera, la omisión en 1a presentación del cargamento y de la guía respectiva, en cada uno de los Distritos del tránsito para 1a anotación del pase correspondiente, se castigará con la multa de $ 1 oro, por cada Distrito donde no se presentare el cargamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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